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Evasión del Pago

Evasión del pago

La evasión del pago por cualquier vía, conlleva a que el usuario será retirado de manera inmediata del Sistema y se le aplicarán las medidas del Artículo 146 del Código Nacional de Policía y Convivencia. Numeral 7 - Multa general tipo 2.

 Prohibido fumar, beber y comer

Se prohíbe fumar, comer o beber en el Sistema, así como ingresar en estado de embriaguez o bajo efectos de drogas alucinógenas.

Actividades prohibidas en el Sistema

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Está prohibida la venta ambulante, la distribución de publicidad no autorizada, la mendicidad, solicitar firma de peticiones, recolectar dineros y promover arengas de orden político y religioso en estaciones, portales o buses. Además se le aplicarán las medidas del Artículo 146 del Código Nacional de Policía y Convivencia. Numeral 11 - Multa general tipo 1.

Actos obscenos

Actos obscenos

Quien perturbe la tranquilidad, vulnere la moral, la honra o la integridad de los demás, con palabras inapropiadas o mediante cualquier acto obsceno, será retirado de manera inmediata del Sistema y se le aplicarán las medidas del Artículo 146 del Código Nacional de Policía y Convivencia. Numeral 15 - Multa general tipo 4.

 

Riñas

Riñas

Evite peleas o manifestaciones de agresión en el Sistema, actúe con respeto. Quien agreda, empuje o irrespete a las demás personas durante el acceso, permanencia o salida del Sistema, será retirado de manera inmediata y se le aplicarán las medidas del Artículo 146 del Código Nacional de Policía y Convivencia. Numeral 5 - Multa general tipo 4.

Vandalismo

Conserve en buen estado todos los elementos del Sistema. No se permite ingresar ningún tipo de arma al Sistema.

No raye los objetos del Sistema

 
 
No raye los mapas, buses o InfraestructuraPalabra con contexto: Es todo el conjunto de elementos o servicios que permite el desplazamiento de vehículos en forma confortable y segura desde un punto a otro. del Sistema.

 

Permita que las puertas se cierren

 

Permita siempre que las puertas de la estación se cierren, su mecanismo de apertura evita que alguien caiga a la vía.

 

No romper los vidrios

 

Romper los vidrios pone en riesgo la integridad de los demás usuarios.

 

 

Quien altere, manipule, deteriore, destruya o fuerce las puertas de las estaciones o de los vehículos (salvo en situaciones de emergencia), será retirado de manera inmediata y se le aplicarán las medidas del Artículo 146 del Código Nacional de Policía y Convivencia. Numeral 13 - Multa general tipo 3.

Use los extintores de manera responsable

 

Use los extintores de manera responsable y únicamente en caso de emergencia.

 

A quien sustraiga o haga mal uso de los equipos para la atención en los sistemas de transporte público se le aplicarán las medidas del Artículo 146 del Código Nacional de Policía y Convivencia. Numeral 10, Literal H - Multa general tipo 4.

Bloqueos

Cuando usted impide el paso de los buses nos afecta a todos.

No obstaculice la movilidad

 

Quien obstaculice o impida la movilidad o el flujo de usuarios en el Sistema se le aplicarán las medidas del Artículo 146 del Código Nacional de Policía y Convivencia. Numeral 9 - Multa general tipo 3.


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Fecha de publicación 23/05/2016
Última modificación 05/06/2020

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